Parte oficial

Patrulla Rural: Continúa el control de prevención de delitos y faltas en general

A continuación, el último parte de la Patrulla Rural:

El día Lunes 29 de mayo del corriente año, en el marco de operativo moto chorro, personal de CPR procedió a labrar infracción a ciudadano que circulaba porruta Nº 191 a la altura del km. 98, quien conducía motocicleta sin poseer dominio colocado ni licencia de conducir. SE PROCEDE AL SECUESTRO DEL VEHICULO y se labra infracción al Art. 14 inc. A y D del anexo 5 del decreto 532/09 de la Ley de tránsito Nº 13.927. Interviene Juzgado de Faltas de Salto.

El díaLunes 29 de mayo del corriente año, en el marco de operativo moto chorro, personal de CPR procedió a labrar infracción a ciudadano que circulaba por ruta Nº 191 a la altura del Km. 100, conduciendo motocicleta sin poseer casco colocado. Se labra infracción al Art. 14 inc. J del anexo 5 del decreto 532/09 de la Ley de tránsito Nº 13.927. Interviene Juzgado de Faltas de Salto.

El día Martes 30 de mayo del corriente año, a raíz de un llamado telefónico de un vecino alertando la presencia de cazadores en un campo, personal de CPR Salto se hizo presente en el lugar constatando la presencia de un masculino, quien se encontraba cazando liebres utilizando dos (02) perros galgos  dentro de un campo de propiedad privada. Se procedió al secuestro de una liebre muerta para su posterior desnaturalización. Se labraron actuaciones contravencionales al Art. 264, 265, 266, 273 inc. “K”, 274 y 277 inc. “A” la Ley 10.081 dándole intervención al Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires.

El día Miércoles 31 de mayo del corriente año, en el marco PREVENCION DE DELITOS Y FALTAS EN GENERAL, personal de CPR procedió a labrar infracción a ciudadano que circulaba por ruta Nº191 a la altura del km. 97, conduciendo motocicleta sin poseer cedula de identificación del vehículo, licencia de conducir, ni comprobante de pago del seguro obligatorio. SE PROCEDE AL SECUESTRO DEL VEHICULO y  se labra infracción al Art. 14 inc. A, B y C del anexo 5 del decreto 532/09 de la Ley de tránsito Nº 13.927. Interviene Juzgado de Faltas de Salto.

El día Jueves 01 de Junio del corriente año, en el marco PREVENCION DE DELITOS Y FALTAS EN GENERAL, personal de CPR procedió a labrar infracción a ciudadano que circulaba por ruta Nº191 a la altura del km. 98, en un vehículo conduciendo sin las luces reglamentarias encendidas. Se labra infracción al Art. 14 del anexo 5 del decreto 532/09 de la Ley de tránsito Nº 13.927. Interviene Juzgado de Faltas de Salto.

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